El Tribunal Constitucional de Perú decidirá sobre los estándares de producción de leche
El conflicto legal sobre la definición y composición de la leche evaporada en Perú ha alcanzado una etapa crítica. El 5 de mayo de 2026, el Tribunal Constitucional (TC) escuchó los argumentos orales en la demanda presentada por Gloria S.A. contra el Decreto Supremo 004-2022-MIDAGRI. Esta regulación, vigente desde octubre de 2022, prohíbe el uso de leche en polvo como ingrediente en la producción de leche evaporada, exigiendo que el producto se elabore exclusivamente con leche nacional fresca.
Gloria S.A. argumenta que el decreto viola su derecho constitucional a la libertad empresarial y limita la competitividad del sector. La empresa afirma que el uso de leche en polvo es una práctica tecnológica válida según los estándares internacionales y que la prohibición afecta la sostenibilidad empresarial y el abastecimiento del mercado. Tras recibir fallos adversos del Poder Judicial, que encontró la norma acorde con el Codex Alimentarius y protectora de la calidad alimentaria, la empresa busca una declaración de inconstitucionalidad del TC para restaurar su modelo de producción histórico.
Por el contrario, la Asociación Internacional de Consumidores y Usuarios de Seguros (AINCUS) y las asociaciones ganaderas apoyan la validez del decreto. Argumentan que la regulación protege a 20 millones de consumidores de lo que describen como una 'adulteración histórica', señalando que Gloria utilizaba entre un 23% y un 30% de leche en polvo en su mezcla. Según AINCUS, desde la prohibición, el precio pagado a los productores locales aumentó de S/ 1.15 a S/ 1.75 por litro, beneficiando a alrededor de 450,000 agricultores, principalmente pequeños productores andinos, sin afectar la seguridad alimentaria ni la viabilidad financiera de la industria procesadora.
El proceso ahora entra en la fase de análisis de pruebas y consolidación de argumentos. El Tribunal Constitucional debe decidir entre la libertad del proceso industrial defendida por el líder del mercado, que posee el 85% de la categoría de leche evaporada, y el derecho a la información y calidad exigido por los consumidores y el estado. Se espera que el fallo final, que no está sujeto a apelaciones adicionales, se publique antes de finales de 2026.



